Los exchanges congelarán el comercio y los retiros después de una cuenta regresiva bajo la nueva ley cripto: ¿cuánto tiempo te queda?
Resumen
La directiva DAC8 de la Unión Europea exige que las empresas de servicios criptográficos que atienden a residentes de la UE comiencen a recopilar datos fiscales a partir del 1 de enero de 2026, y los primeros informes anuales completos se deben presentar antes del 30 de septiembre de 2027. Esta regulación amplía la visibilidad fiscal al requerir informes sobre intercambios entre cripto y fiat, intercambios entre criptoactivos y transferencias, incluidas las retiradas a direcciones no alojadas o de autocustodia. Si bien las afirmaciones sobre una congelación instantánea y generalizada son exageradas, los proveedores deben impedir que los usuarios realicen "Transacciones Reportables" si no proporcionan un Número de Identificación Fiscal (TIN) después de dos recordatorios durante 60 días, lo que puede cortar los flujos de comercio y retiro para los usuarios no conformes. DAC8 traslada la carga de cumplimiento a la incorporación y verificación de identidad, asegurando que la actividad originada en plataformas reguladas deje un rastro de información estandarizado y reportable para las administraciones tributarias a partir de 2027, alineando a la UE con marcos de informes globales como el CARF de la OCDE.
(Fuente:CryptoSlate)